Afectación a la seguridad jurídica por inexistencia de la cosa juzgada en materia de alimentos
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Resumen
Los principios y normas constitucionales sobre la familia en Ecuador, están desarrolladas en el Código Civil y en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA). En esta investigación se analiza específicamente, la no inclusión, en ninguna de las dos normas, del principio de la cosa juzgada en la fijación de pensiones alimenticias; esto trae como consecuencia, que tanto las necesidades del alimentista como las posibilidades del alimentante pueden sufrir modificaciones en el tiempo, y que es posible, entonces, pedir su modificación. Es decir, en este ámbito no opera el principio de cosa juzgada, por lo que el juez puede aumentar o disminuir la cuantía de la pensión conforme varíen las circunstancias de los sujetos. En la presente investigación se buscar dar una respuesta fundamentada a la relación entre el derecho a la pensión de alimentos y su relación con el principio de interés superior del niño, la cosa juzgada y el derecho a la seguridad jurídica. Para esto, se definió como objetivo general, analizar la necesidad de reformar el artículo 17 del CONA para asegurar que las resoluciones de pensión alimenticia tengan efecto de cosa juzgada, protegiendo el interés del menor y fortaleciendo la seguridad jurídica en Ecuador. El principal resultado, lo constituye la propuesta de reforma al citado artículo. Adicionalmente, se desarrolló un sistema informático que permitió una gestión más eficiente y efectiva del proceso de reforma del artículo 17 del CONA; al integrar módulos específicos para cada etapa del proceso, se facilitó la toma de decisiones informadas, la evaluación del impacto de la reforma y el seguimiento de su aceptación.